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Visado de residencia no lucrativa en España

Vivre à Valencia - Visa

Tabla de Contenidos

 

En el artículo de hoy vamos a hablar sobre el visado no lucrativo, el cual le permite vivir en España por un periodo de un año, y además circular libremente por todo el territorio Schengen.

 

1. ¿Qué es?

El visado no lucrativo es una autorización para vivir en españa, dirigida a aquellas personas que no pertenezcan a la Unión Europea o al Espacio Económico Europeo, que quieran vivir en España sin realizar ninguna actividad económica. Por ello, si va a solicitar este visado no podrá trabajar y deberá justificar que dispone de fondos suficientes para poder vivir.

No obstante, aunque no pueda trabajar con este visado si que podrá invertir. 

 

2. ¿Quién puede solicitarlo?

El visado puede solicitarlo cualquier persona que quiera vivir un año en España sin trabajar. Las personas que más solicitan este tipo de visado son las siguientes:

  • Jubilados 
  • Quien tenga fondos suficientes para vivir en España
  • Quien quiera vivir durante un año sin trabajar y posteriormente solicitar otro tipo de visado

 

3. ¿Qué requisitos se deben cumplir antes de solicitar el visado?

  1. No encontrarse en situación irregular en España
  2. En caso de ser mayor de edad, carecer de antecedentes penales
  3. No tener la entrada prohibida en España y no figurar como rechazable en el espacio territorial con los que España tenga firmado un convenio 
  4. Tener medios económicos suficientes para el solicitante y en su caso para su familia, sin trabajar
  5. Tener contratado un seguro médico público o privado que esté autorizado para operar en España
  6. No encontrarse en el compromiso de no retorno a España 
  7. No padecer ninguna enfermedad de acuerdo con lo dispuesto en el reglamento de sanidad internacional 2005
  8. Haber pagado las tasas correspondientes del visado y de la autorización de residencia modelo 790 código 052

 

4. ¿Qué documentos se deben entregar el día de la cita?

  • Formulario del visado nacional cumplimentado 
  • Original y copia del pasaporte o título de viaje con una vigencia mínima de un año
  • Foto reciente tamaño carnet
  • Certificado de antecedentes penales de los países donde haya residido los últimos cinco años
  • Certificado médico
  • Prueba de medios económicos, para ello será necesario demostrar que dispone de una cantidad que represente mensualmente en euros el 400% del IPREM, y para los familiares  a su cargo que lo acompañen una cantidad que represente mensualmente en euros el 100% del IPREM. Además se podrán aportar cualquier tipo de prueba que demuestre que dispone de fondos como títulos de propiedad, cheques, certificados bancarios
  • Prueba de la contratación del seguro médico
  • Justificante de abono de la tasa por autorización de residencia modelo 790 código 052 y cumplimentar el modelo EX01 
  • Justificante de pago del visado

Hay que tener en cuenta que todos los documentos que no estén en castellano deberán ser traducidos y dependiendo del documento también deberá estar legalizado o apostillado. 

 

5. ¿Dónde se presenta la solicitud?

Una vez haya recopilado todos los documentos necesarios deberá pedir cita en la misión diplomática u oficina consular española de su país de residencia. Será necesario ir personalmente, puede ir el interesado o su representante debidamente acreditado, en caso de un menor de edad sus padres o tutores legales.

El plazo de notificación de la resolución es de tres meses contados a partir del día siguiente a la fecha en que haya tenido entrada en el registro del órgano competente para su tramitación, en caso de que no haya obtenido respuesta se entenderá que la solicitud ha sido desestimada.

Cuando le notifiquen la concesión del visado, dispone de un mes para recogerlo personalmente. Deberá entrar en España durante el plazo de vigencia del visado.

 

6. ¿Por cuánto tiempo otorgan la autorización?

La autorización de residencia tendrá la duración de un año y la fecha comenzará desde que entre en España.

También podrá renovar su autorización de residencia temporal para ello deberá solicitarlo en la Oficina de Extranjería sesenta días antes de la fecha de expiración de su autorización.

Podrá optar por renovar el visado no lucrativo por un periodo de dos años o solicitar el visado de trabajo.

 

7. Obtener la TIE

Hay que tener en cuenta que en el plazo de un mes desde que entra en España deberá solicitar la TIE (tarjeta de identidad de extranjero), en la Oficina de Extranjería o Comisaría de Policía de su lugar de residencia. 

 

8. Las ventajas del visado no lucrativo

Una de las ventajas de solicitar el visado de residencia no lucrativa es que es un proceso más sencillo ya que no depende de nadie para poder solicitarla, solo debe disponer de medios económicos suficientes. Con este visado también puede invertir y viajar por todos los países Schengen.

Además puede vivir en España con su familia por un periodo de un año pudiendo solicitar la prórroga por dos años más o cambiar por otro tipo de visado. El tiempo que reside en España con este tipo de visado computa a la hora de solicitar la residencia española.

 

9. Nuestros servicios

Podemos ofrecerle una asistencia personalizada durante todo el procedimiento de la solicitud del visado de residencia no lucrativa en España, así como para guiarle en la obtención del TIE y del empadronamiento en su lugar de residencia.

No dude en contactar con nosotros para obtener más información.

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